Son empleadas internas aquellas que viven en la casa del empleador o la empleadora. Quienes no viven en la casa del empleador se denominan externas y pueden laborar, a su vez, tiempo completo o por días. También son considerados trabajadoras o trabajadores domésticos las personas que realizan, en el hogar, labores de jardinería, conductor de familia y trabajadores de fincas. Las trabajadoras o trabajadores de fincas de habitación familiar pues los trabajadores de fincas de recreo que se ofrecen a terceros o fincas de producción agrícola o agropecuaria no se consideran domésticos. A las trabajadoras o trabajadores de fincas o casas de recreo particular se les conoce como mayordomos o mayordomas. Las trabajadoras domésticas requieren, necesariamente, realizar los oficios o labores en una casa o residencia en la que habita el empleador y su familia, es decir, en un hogar. Las trabajadoras que prestan sus servicios en casas o residencias que se utilizan como unidad de explotación económica, como por ejemplo, mediante servicios de hospedaje, no pueden ser catalogadas como del servicio doméstico. Salario o remuneración 4. Por lo menos el salario mínimo en proporción al tiempo que labore.
Es importante recordar que el plazo para la declaración y pago de las cotizaciones vence los días 10 de cada mes. Sin embargo, la Ley Jornadas Parciales Las cotizaciones deben declararse y pagarse tanto para el caso de jornadas completas como todavía para las jornadas parciales, las que contemplan trabajar por horas al fecha, o por trabajar días específicos del mes. Por ejemplo: trabajar 2 horas diarias o trabajar solo 2 días a la semana. Ejemplo: 2 horas diarias todos los días: Cotiza por 30 o 31 días En el caso de que la trabajadora preste servicios solo algunos días de la semana, se deben contabilizar los días completos trabajados, en base a la renta real asociada a su acuerdo de trabajo. Ejemplo: 2 días a la semana: 8 días al mes: Cotiza por 8 días. En el caso de que la trabajadora preste servicios solo algunas horas diarias por algunos días a la semana, le corresponde cotizar por día completo trabajado, en base a la renta actual asociada a su contrato de trabajo.
Arancel sobre la renta por acuerdo Arancel del patrón del seguro de desempleo. Gastos de viajes, por viajes relacionados al trabajo. Salario Anual y Explicación de impuestos Formulario W-2 : Toda niñera o empleado domestico tienen la obligación, por ley federal, de reportar su salario e impuestos sobre las remuneraciones. Puede encontrar mayor información sobre estos requisitos en la Publicación del IRS. Deducciones de la nómina de pago correctas e incorrectas. Tu empresario puede hacer ciertas deducciones de tu cheque de pago. Lo mejor es convenir una frecuencia de pago Semanal, o cada dos semanas es lo mas frecuente y también pactar un día especifico de pago, y que este por escrito. Los patrones denial pueden tener retrasos adicionales períodos del retraso en tu pago debido a viajes de trabajo del patrón, asueto, etc.